Tratamiento Impositivo de las Obligaciones Negociables
Conocé los enormes beneficios fiscales que convierten a las ONs argentinas en uno de los vehículos de inversión en dólares más eficientes para personas humanas residentes en el país.
Impuesto a los Bienes Personales
El tratamiento depende de la moneda de emisión: las ONs en moneda nacional (pesos) están exentas. En cambio, las ONs emitidas en moneda extranjera (dólares) están gravadas.
Fundamento Legal: La Ley N° 27.638 (2021) incorporó la exención de Bienes Personales para obligaciones negociables emitidas en moneda nacional, siempre que cumplan con la oferta pública de la CNV (Art. 36 Ley 23.576). Las ONs Hard Dollar en dólares no gozan de esta exención y deben ser declaradas al valor de cotización al 31 de diciembre de cada año.
Impuesto a las Ganancias
Tanto los intereses de los cupones como el resultado de la compraventa están exentos para personas humanas, independientemente de si la ON es en pesos o dólares.
Fundamento Legal: Art. 36 de la Ley N° 23.576. Establece que los resultados financieros derivados de la suscripción, colocación, amortización, intereses o compraventa de ONs no están alcanzados por este impuesto para personas físicas residentes. Las empresas (personas jurídicas) sí tributan sobre estas ganancias.
Comparativa Impositiva: ONs vs Otros Activos
Tratamiento tributario aplicable en Argentina para personas humanas residentes respecto a los activos más habituales:
| Activo Financiero | Impuesto a las Ganancias (Intereses/Dividendos) | Impuesto a las Ganancias (Compraventa) | Impuesto a los Bienes Personales |
|---|---|---|---|
| Obligaciones Negociables en Pesos (CNV) | EXENTO | EXENTO | EXENTO |
| Obligaciones Negociables en Dólares (CNV) | EXENTO | EXENTO | GRAVADO (Alícuota general) |
| CEDEARs (Acciones Extranjeras) | GRAVADO (Escala 5% a 35%) | EXENTO | GRAVADO (Alícuota general) |
| Acciones de Empresas Argentinas | GRAVADO (15% retención cedular) | EXENTO | GRAVADO (Vía Responsable Inscripto) |
| Títulos Públicos Argentinos (Soberanos) | EXENTO | EXENTO | EXENTO |
| Fondos Comunes de Inversión (FCI) | Depende la cartera subyacente | Depende la cartera subyacente | Depende la cartera subyacente |
| Dólar Billete (Caja de Seguridad / Colchón) | EXENTO | EXENTO | GRAVADO (Alícuota general) |
Caso Práctico: El Costo Oculto de la Inactividad
Muchos ahorristas deciden mantener sus dólares físicos guardados en cajas de seguridad o en cuentas corrientes bancarias. Además de perder poder adquisitivo debido a la inflación internacional del dólar, se exponen a un costo tributario innecesario:
Escenario A: Dólares en Colchón / Caja
- • Capital: USD 50.000
- • Intereses cobrados: USD 0
- • Impuesto Bienes Personales (2.25% Máx): Hasta USD 1.125 anuales
- • Pérdida neta por inflación (~3%): ~USD 1.500 anuales
- Resultado: Pérdida real de poder adquisitivo y costo fiscal.
Escenario B: Inversión en ONs CNV
- • Capital: USD 50.000
- • Intereses cobrados (8% TIR): +USD 4.000 anuales
- • Impuesto Ganancias sobre renta (Exento): USD 0
- • Impuesto Bienes Personales (Pesos vs Dólares): Exento (si la ON es en pesos) o Gravado (si la ON es en dólares)
- Resultado: En ONs en pesos, exención total. En ONs en USD, la renta del 8% anual supera con creces la carga de Bienes Personales.